La Tesorería General de la Seguridad Social ha comunicado la inminente obligatoriedad de incorporación de los autónomos a la Administración Electrónica.

Esto quiere decir que para relacionarse con la mencionada Administración será obligatorio hacerlo mediante medios electrónicos.

Por lo tanto, las notificaciones se recibirán por la SEDE ELECTRÓNICA de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es) y cualquier trámite también se tendrá que realizar por este medio.

Para poder recibir las notificaciones y/o realizar cualquier trámite es necesario que el autónomo disponga de un certificado digital.

Para la gente que no está al tanto, un certificado digital sirve para identificarse por internet y permite firmar los documentos electrónicos con la misma validez legal que la firma manuscrita.

Por esto, se puede decir que un certificado digital otorga una identidad digital enlazada a una identidad física.

Según el nivel de seguridad deseado hay dos tipos de soporte en los que se pueden alojar los certificados:

  1. Software: consiste en un archivo software, que no tiene más soporte físico que el que constituye el propio ordenador o servidor donde se instala.
  2. Certificado de tarjeta: se encuentra alojado en una tarjeta. (Por ejemplo: el DNI electrónico).
  3. Dispositivos USB criptográficos.

Por seguridad se recomienda usar el DNI electrónico. En caso de no tener instalado el certificado en el mismo, se puede obtener en las oficinas de la Policía (las mismas donde se obtiene el DNI/Pasaporte).

En el caso que necesitéis más información al respecto o queráis autorizar a Grup Gestió para que gestione (consulta y firma) el servicio de notificaciones, podéis poneros en contacto con nosotros a través de

 

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