El gobierno estatal ha comunicado a la asociación de autónomos ATA que, en el Consejo de Ministros del próximo martes, se flexibilizarán las condiciones de acceso a ayuda por cese forzoso de la actividad por parte de los autónomos o por disminución de sus ingresos superior al 75%, de manera que aquellos que lo soliciten, mediante declaración jurada, podrán por una parte acceder a la ayuda, por meses vencidos prorrogable mes a mes y suspender temporalmente el pago de las cuotas de autónomo, que serán atendidas por la entidad gestora en la que la administración ha delegado el trámite.

A modo de recordatorio, el importe de la ayuda mensual será del 70% de la base de cotización de cada uno. En el supuesto de cotización por la base mínima, el importe mensual de la ayuda rondaría los 670 euros. Si a la ayuda le añadimos el hecho de no haber de hacer frente al pago de la cuota, podemos hablar de un impacto económico, siempre que hablemos de bases mínimas de cotización, cercano a 950 euros.

Y todo esto sin tener que darse de baja a la Seguridad Social, es decir, sin necesidad de despedir o suspender los contratos de trabajo de los trabajadores de los que dispongan.

Esta medida evitará que se queden fuera de las ayudas previstas el 85% de los autónomos del Estado.

Las ayudas ya se pueden tramitar y si quieren que nos encarguemos de su presentación, contacten con nuestro departamento fiscal para ponerla en marcha.

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