El BOE publica las condiciones de las ayudas a autónomos para banda ancha

Ya han salido publicados los primeros avances para las ayudas en la contratación de servicios de Internet para autónomos y pymes localizados en alguno de los más de 6.780 municipios de España que, según el INE, tienen menos de 5.000 habitantes.

Lo requisitos que debe cumplir el solicitante son los siguientes:

  • Residir en una población de hasta 5.000 habitantes.
  • No disponer de una conexión a Internet de más de 10 megas.
  • Contratar al menos 30 megas.

Noticia completa de Cinco Días: http://bit.ly/2yIEoiE

 

Entrevista con Stefan Scheurer, analista senior de mercados de capitales y economista jefe para la región Asia-Pacífico de Allianz Global Investors

Tras unos años en los que todos los mercados han bailado al son de lo que decían los bancos centrales, el contexto actual exige empezar a ser más selectivos a la hora de invertir. Stefan Scheurer, analista senior de mercados de capitales y economista jefe para la región Asia-Pacífico de Allianz Global Investors, explica qué regiones y sectores pueden seguir al alza en esta vuelta a la normalidad.

Noticia completa de eleconomista.es: http://bit.ly/2ymzo6p

 

Los autónomos podrán cobrar el 100% de pensión y seguir trabajando

La nueva ley de autónomos publicada en el BOE el día 25 de octubre, aportará nuevas medidas, entre la cuales se encuentran cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un empleado a su cargo. Estos son los ámbitos donde afectarán las nuevas medidas:

  • Sueldo y jubilación
  • Tarifa plana de 50 euros
  • Bonificaciones
  • Gastos de comida
  • Menos recargos
  • Altas y bajas
  • Bases de cotización
  • Pluriactividad
  • Conciliación
  • Accidentes in itinere

Noticia completa de finanzas.com: http://bit.ly/2gV92xb

 

¿Cuánto efectivo puedo llevar? Conoce las sanciones si no lo declaras a Hacienda

Dentro de España no existe límite para el transporte de efectivo, pero sí obligación de declarar todo movimiento interno en el territorio español de una cantidad igual o superior a 100.000 euros. En el caso de llevar cantidades superiores se debe realizar una declaración mediante la cumplimentación y presentación del formulario S1, de forma completamente gratuita y sin necesidad de adjuntar documentación adicional, siempre previamente al movimiento.

Noticia completa de Invertia: http://bit.ly/2A3YFyO

 

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