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El ejercicio fiscal 2015 ha sido el primero en entrar en vigor de la reforma sobre el impuesto sobre sociedades. La reforma conlleva, para las empresas, medidas con efectos diversos que incentivan o desincentivan determinadas actuaciones. Así pues, algunos incentivos han sido eliminados, pero se han incorporado de nuevos, que a continuación explicamos:

  • Todas las sociedades mercantiles podrán aplicar un nuevo incentivo denominado reserva de capitalización que, a grandes rasgos, supone que el contribuyente podrá reducir el beneficio a tributar en un 10% sobre la parte de los beneficios del año anterior que, aunque se pueden repartir como dividendos, permanezcan al patrimonio de la empresa durante los cinco años posteriores a su generación.
  • Las pymes (facturación inferior a 10 millones de euros el año anterior) podrán aplicar la denominada reserva de nivelación que consiste en rebajar su beneficio fiscal en un 10% en concepto de anticipación de la compensación de futuras pérdidas. Esta disminución se irá revirtiendo durante los siguientes cinco ejercicios en el caso de registrarse pérdidas, y si no es el caso, transcurridos los cinco años se reintegrar la rebaja obtenida sin recargo ni intereses. Por lo tanto, se trata simplemente de un mecanismo de aplazamiento de tributación.

Hay que recordar que la aplicación de los dos incentivos anteriores requiere la dotación, por parte de la empresa, de las correspondientes reservas indisponibles por el importe de la base del incentivo mientras éste no esté consolidado.

  • Deducción por donativos: aquellas sociedades que realicen donativos a ciertas entidades sin ánimo de lucro podrán gozar de un tipo incrementado del 37,5% (en vez del 35% anterior), siempre que se haya realizado el donativo a favor de la misma entidad durante al menos tres años, con el límite del 10% de la base del impuesto.
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