El objeto de este nuevo real decreto ley es la aprobación de medidas de protección social destinadas a los colectivos más vulnerables (ej. subsidio para mayores de 52 años), de fomento del empleo para determinados colectivos especialmente sensibles a la inestabilidad laboral y al desempleo (parados de larga duración, trabajadores del campo, trabajadores fijos discontinuos en actividades turísticas, etc.), e incluye también determinadas disposiciones dirigidas a establecer el registro de la jornada de trabajo, a efectos de garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para personas trabajadoras como para las empresas, y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Algunas de las medidas más destacadas son:

Ver PARTE 1: http://www.gestiogirona.com/es/proteccion-social-y-lucha-contra-la-precariedad-laboral/

6.- Reducción de cuotas para los trabajadores encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios durante el año 2019

Una de las principales singularidades de este sistema es que, durante la situación de inactividad dentro del mes natural, es el mismo trabajador agrario el responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar y del ingreso de las cuotas correspondientes.

Esta reducción de cuotas viene dada para paliar el incremento de la cuota debido al incremento de la base mínima, alrededor de un 22% respecto de la cuantía que tenía en el año 2018; base que se tiene en cuenta para el cálculo de la cuota a pagar.

7.- Ampliar el plazo de solicitud y modificación de algunos requisitos de la situación de inactividad de artistas en espectáculos públicos

Una fecha cerrada de solicitud no atiende correctamente las necesidades de estos artistas. Por eso, se amplía este plazo de solicitud a cualquier momento del año. Además, las retribuciones percibidas los días que hay que acreditar, para poder continuar incluidos en el Régimen General durante los períodos de inactividad, pasan de tener que superar 3 veces la cuantía del SMI, a tener que superar 2 veces el SMI.

8.- Modificación de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero

Adecuar las prestaciones a las novedades reguladas por el Real Decreto Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo y el empleo, introduciendo la nueva prestación por ejercicio corresponsable de la atención del lactante y adecuar las referencias a maternidad y paternidad a la nueva denominación del nacimiento y atención del menor.

9.- Modificación de la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 55 años

   a.- Reducción de la edad de acceso, pasando de 55 a 52 años.

   b.- Supresión del requisito de tener cumplida la edad de 52 años en el momento del hecho causante del subsidio, permitiendo el acceso cuando se cumpla esta edad.

   c.- Incremento de su duración máxima, de manera que, si antes se percibía hasta que la persona beneficiaria pudiera acceder a cualquiera de las modalidades de pensión contributiva de jubilación, ahora se percibirá hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

   d.- Eliminación de la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.

   e.- Incremento de la cuantía de la cotización para la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio del 100 al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

   f.- Eliminación de los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo desarrollado a tiempo parcial.

10.- Adaptar medidas de protección social de carácter extraordinario y urgente

Incremento de la asignación económica por hijo a cargo hasta los 341 euros anuales, y hasta los 588 euros anuales en el caso de las familias en situación de pobreza severa, las cuales están en una situación de urgente y extraordinaria necesidad.

11.- Incremento de las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años

Con efectos del 1 de enero del 2019 se incrementan las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años, pasando a 6.991,60 euros anuales si el beneficiario tiene cónyuge a cargo, y a 6.930 euros si no lo tiene.

12.- El Gobierno constituirá un grupo de expertos para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores

Antes del 30 de junio de este año se constituirá este grupo que llevará a cabo trabajos y estudios que sirvan de base para la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que se adapte a los retos y desafíos del siglo XXI.

13.- Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Se amplía el tramo de edad para inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ), que pasa a ser de más de 16 años y menos de 30. Además, se establece que el límite de los 30 años será también para los ya inscritos en el momento de entrada en vigor de este real decreto ley.

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