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El próximo 2 de octubre entrará en vigor la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la cual tiene como objetivo regular las relaciones externas entre la Administración y los ciudadanos.

Una de las principales novedades que introduce esta Ley es la declaración de los sábados como días inhábiles a efectos de cómputo de plazos. Así pues, a la hora de contar un plazo señalado por días, no se tendrán en cuenta ni los sábados, ni los domingos ni los días festivos.

En caso de que el plazo se fije por meses o años, si éste finalizara en un sábado se entenderá prorrogado hasta el próximo lunes o el primer día hábil posterior.

No obstante, y a diferencia del ámbito judicial, la Ley 39/2015 considera hábil el mes

de Agosto, mes que deberá ser tenido en cuenta a todos los efectos a la hora del cómputo de plazos.

Otra novedad que introduce es el cómputo de los plazos por horas, declarando hábiles todas las horas del día, de tal modo que cuando se fije un plazo de esta manera, se contará de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y el minuto en el que haya tenido lugar la notificación.

Por otro lado, entra también en vigor la obligación para las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Las personas físicas, en cambio, no tendrán esta obligación si bien podrán optar por relacionarse por estos medios.

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