Si se quiere capitalizar la prestación por desempleo para iniciar un negocio, se entiende como inversión todo gasto que se efectúe para adquirir bienes o derechos que integran el patrimonio del negocio como parte del activo, como por ejemplo maquinaria, mobiliario o un inmueble, entre otros, y que sean necesarios para la puesta en marcha de la actividad.

Se podrá destinar la prestación capitalizada a los gastos para poner en funcionamiento el negocio, así como el pago de las tasas y tributos.

También se puede destinar hasta un 16% de la cantidad de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

Además, son considerados como inversión los gastos previstos durante los tres primeros meses de funcionamiento como podrían ser cargas tributarias o alquileres, entre otros.