El contrato de prácticas está destinado a personas que tengan un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, que esté obtenido dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al momento de la contratación, o bien dentro de los últimos siete años si el trabajador tiene alguna discapacidad. Su finalidad es que la persona obtenga la práctica profesional adecuada al nivel de sus estudios.

En cambio, el contrato para la formación va dirigido a personas de más de 16 años, pero menos de 21, que no tengan una titulación necesaria para realizar un contrato de prácticas. Tiene como finalidad la adquisición de formación teórica y práctica por parte del trabajador con el fin de poder llevar a cabo un oficio o tener un lugar de trabajo que requiera un cierto nivel de cualificación.