La situación de incapacidad temporal (IT), tendrá una duración de:

En caso de accidente o enfermedad, cualquier que sea su causa, 365 días prorrogables por otros 180 días cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por    curación.
En caso de periodos de observación por enfermedad profesional, 6 meses prorrogables por otros 6 cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad.