Los negocios, ya sean titularidad de empresarios personas físicas, como si se gestionan a través de sociedades mercantiles, pueden disfrutar de exención en el impuesto de patrimonio de sus propietarios, debido a que el legislador pretende garantizar la continuidad de los negocios que constituyen la forma de vida de las familias. Sin embargo, la ley establece algunos requisitos muy concretos para que esta exención sea efectiva.

El cumplimiento de estos requisitos habilitará, también, para que los herederos disfruten de una reducción del 95% en la sucesión de la empresa, siempre y cuando exista un compromiso de mantenimiento del mismo durante un determinado periodo de tiempo.

Tanto Hacienda como los tribunales han ido modulando y delimitando el alcance de los requisitos necesarios para disfrutar de estos incentivos, por lo que es muy importante asesorarse, pues las consecuencias del incumplimiento pueden ser muy perjudiciales.