Las mujeres con hijos menores de 3 años podrán minorar la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 100 euros mensuales siempre que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

En el caso de ERTE en los que se suspenda el contrato de trabajo, el contribuyente se encuentra en situación de desempleo total.

Por tanto, en los casos de suspensión del contrato de trabajo durante todo el mes como consecuencia de la aprobación de un ERTE, dejan de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad y el correspondiente abono anticipado.