Si ya se le ha abonado el importe total de la prestación contributiva ya sea en un único pago o en pagos mensuales para la subvención de cuotas de Seguridad Social, se considera que la prestación está agotada. Aun dándose de baja en la actividad realizada, no tendría derecho a recibirla de nuevo.

En el caso en el cual no se le haya abonado la totalidad de la prestación contributiva y aun quedara pendiente una parte, se podría volver a recibir la prestación una vez transcurrido un tiempo equivalente al que hubiera cobrado la prestación si no la hubiese capitalizado, es decir, si la hubiera recibido en mensualidades. Se tienen que cumplir unos requisitos para reiniciar la prestación que se encuentran disponibles en la página web del SEPE.