Durante el estado de alarma ocasionado por la crisis sanitaria del COVID19, procede la imputación de rentas inmobiliarias por un inmueble considerado segunda vivienda, en la que el contribuyente no reside y que no tiene arrendada ni está afecta a una actividad económica.

La DGT señala que dicha imputación de rentas no tiene en cuenta la utilización efectiva de la segunda vivienda si no su disponibilidad a favor de su titular. Solamente, según consulta vinculante CV 28-5-18, estará excluida la imputación de rentas, si se tratase de un inmueble vacío con ocupación ilegal por terceros en contra de la voluntad del propietario siempre, en todo caso, que se haya iniciado un proceso judicial de desahucio.