Si la obra que tenemos proyectada no afecta a elementos comunes del edificio, podremos hacerla sin el consentimiento de la comunidad, pero tendremos que comunicar previamente nuestra intención de hacerlas al presidente o al administrador.

En caso de que las obras vayan a afectar a elementos comunes (paredes de carga, forjados, cerramientos, fachadas, etc.) sí será necesario el acuerdo de la junta de propietarios.

En ningún caso se podrán hacer obras que perjudiquen a los demás propietarios o que alteren la solidez, la accesibilidad o el aspecto exterior del edificio.