Están obligados a auditar sus cuentas anuales todas aquellas empresas que durante dos ejercicios consecutivos (la obligación deviene el segundo año), superen dos de los tres requisitos siguientes:

  • Total del Activo: 2.850.000€
  • Importe neto de la cifra de negocios: 5.700.000€
  • Número de trabajadores:  50

También estarán obligadas todas aquellas empresas o entidades que reciben subvenciones o ayudas del Estado y de otros Organismos Públicos dentro de los límites establecidos reglamentariamente, mediante Real Decreto, por el Gobierno. El límite establecido en 600.000€, se extiende para ejercicio en que se reciben subvenciones y  a los siguientes en los que se desarrollen las operaciones o se ejecuten las inversiones.