Todos los datos que se requieren en los registros del modelo 347 deben estar correctamente cumplimentados en la declaración.

Algunos errores que se pueden producir son NIF erróneos o códigos postales que no están introducidos. La cumplimentación incorrecta de las declaraciones informativas, según el artículo 198 de la Ley General Tributaria, puede ser sancionada con una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.