Cualquier persona que tenga necesidad de ser defendida por un letrado puede solicitar del colegio de abogados correspondiente que le designe un abogado de entre los que están adscritos al turno de oficio del partido judicial que corresponda.

Así, en caso de que necesitemos un abogado y no conozcamos ninguno (o ninguno que nos guste) siempre podemos pedir que nos lo asigne el colegio de abogados.

Ahora bien, la designación de abogado de oficio no significa, por sí sola, que no le tengamos que pagar, pues si no reunimos los requisitos necesarios para ser merecedores del beneficio de la justicia gratuita y cumplimos el trámite de solicitud correspondiente, tendremos que abonar los honorarios del abogado de oficio de la misma manera que si le hubiéramos escogido de forma privada.