No es legal, desde la óptica de protección de datos, exponer la lista de vecinos deudores a la vista de terceros. Únicamente, la difusión de la lista de un vecino deudor podrá publicarse en el supuesto de que intentada una citación o notificación directamente al propietario al domicilio indicado por éste para notificaciones, fuese imposible practicarla.

En este caso, será posible la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto. En todo caso, para proceder de esta forma, deberán acreditarse los intentos de notificación fallidos.