No, solo las personas integradas en una unidad familiar (si fueran matrimonio y no pareja de hecho) pueden optar, si así lo desean, a hacer la declaración de manera conjunta, por lo tanto en este caso tendrán que tributar de manera individual.

Cuando hablamos de parejas de hecho con hijos, solo uno de sus miembros puede formar unidad familiar con los hijos y optar por la tributación conjunta, el otro miembro deberá hacerla individualmente.