Si. Cualquier empresario o profesional que tiene intención de iniciar una actividad económica y realiza los primeros gastos de inversión o emprendimiento es considerado sujeto pasivo del IVA, y al actuar como tal, tiene derecho a deducir las cuotas soportadas por los gastos efectuados sin esperar al inicio de la actividad. Es muy importante poder acreditar que dichos gastos se han utilizado única y exclusivamente para la actividad empresarial desarrollada inmediatamente después.
¿Son deducibles las cuotas de IVA soportadas antes del inicio de la actividad económica?
gestiogirona
2019-12-05T12:32:29+00:00
5 diciembre 2019|Comentarios desactivados en ¿Son deducibles las cuotas de IVA soportadas antes del inicio de la actividad económica?