Como cada año, por estas fechas, el BOE recoge las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero, que constituyen las líneas maestras de la actuación de la administración tributaria en materia de prevención del fraude fiscal.

Entre las directrices publicadas para este año, cabe destacar las siguientes:

  • Intensificar el uso de las nuevas tecnologías para las actuaciones de comprobación e investigación, extendiendo la utilización de los medios digitales para la firma de las actas de inspección.
  • Se alcanzará la plena operatividad de los sistemas de información de operaciones transfronterizas, con el objetivo de detectar estrategias fiscales agresivas.
  • En relación con las grandes empresas y grupos fiscales, se pone el foco en lo siguiente:
    • Controles de pagos, cobros y operaciones de financiación procedentes del extranjero.
    • Revisión de la valoración de operaciones vinculadas, teniendo en cuenta las circunstancias originadas por la pandemia, con el foco en la obligación de presentación del Modelo 232.
    • Comprobación del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la integración de entidades en grupos fiscales.
  • Se prevé intensificar el análisis de la residencia fiscal de contribuyentes que figuran como no residentes en las bases de datos tributarias, a fin de detectar el posible incumplimiento de obligaciones tributarias. En especial, se apunta a aquellas personas que simulen tener su residencia fiscal en el extranjero, a través de las posibilidades que ofrece el big data, a fin de determinar la localización de sus intereses económicos y/o personales, así como la investigación de las estructuras que posibilitan dicha simulación.
  • Actuaciones revisoras del nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales prestados por multinacionales (Tasa Google), que ha entrado en vigor el pasado mes de enero.
  • Se controlará la aplicación de beneficios fiscales en la importación de mercancías vinculadas a la lucha contra la COVID-19.
  • En el área de control del fraude en fase recaudatoria, se intensificarán las actuaciones en relación a las solicitudes de aplazamiento sin ofrecimiento de garantía y se realizará un seguimiento de las deudas ingresadas por los deudores tras un acuerdo de derivación de responsabilidad.

Pueden consultar los detalles del texto en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-1379

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