Siguiendo la normativa sanitaria, laboral y la de prevención de riesgos laborales, los empresarios podrán tratar los datos del personal necesarios para garantizar la salud del resto del personal y evitar así los contagios que puedan propagar el virus al conjunto de la población.

Por lo tanto, la empresa podrá saber si el trabajador está infectado o no, para diseñar a través de su servicio de prevención los planes de contingencia que sean necesarios o que hayan sido previstos por las autoridades sanitarias.

Esta información también se podrá obtener mediante preguntas al personal, las cuales, tendrán que limitarse exclusivamente a indagar sobre la existencia de síntomas o si la persona ha sido diagnosticada como contagiada o sujeto a cuarentena.