Ayer se publicaron en el DOGC las bases de la nueva ayuda dirigida al comercio obligado a cerrar con motivo de las últimas restricciones derivadas de la crisis sanitaria en Cataluña, que debían extenderse hasta el 24 de enero, pero que finalmente se prorrogarán durante dos semanas más.

Las características de esta ayuda son:

  • Beneficiarios: autónomos y pymes (menos de 250 empleados y 50 millones de euros anuales de facturación) dedicados a las actividades de comercio al por menor, afectados por la orden de cierre sanitario. Es decir, los establecimientos comerciales de productos no esenciales de más de 400 metros cuadrados de superficie y las tiendas de productos no esenciales de centros, galerías y recintos comerciales. La ayuda no incluye a los comercios de productos no esenciales obligados a cerrar exclusivamente el fin de semana.
  • Cuantía: subvención fija de 3.750 euros por establecimiento.
  • Procedimiento de solicitud y concesión:
    • La convocatoria se abrirá en los próximos días y las ayudas se podrán solicitar por vía telemática a través del Canal Empresa, mediante certificado digital.
    • Los solicitantes únicamente deberán presentar el formulario con una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y adjuntar dos fotos del establecimiento (una del interior y una del exterior).
    • Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas ya solicitadas.
    • Las subvenciones se otorgarán por orden cronológico de presentación de la solicitud.

Pueden acceder a la solicitud del trámite en el siguiente enlace:

https://canalempresa.gencat.cat/ca/detall/article/art_serveis_subvencions_2021_establiments_400m2_o_centres_comercials

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