Desde el pasado 2 de octubre de 2018, los siguientes contribuyentes estarán obligados a recibir todas las notificaciones por parte de la Agencia Tributaria Catalana de manera electrónica:

  • Personas jurídicas (sociedades mercantiles).
  • Las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, sociedades civiles).
  • Los que ejerzan una actividad profesional para la que se requiere la colegiación obligatoria.
  • Los que representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.

¿Qué son las notificaciones electrónicas?

Cualquier comunicación que la Agencia Tributaria Catalana quiera realizar a los anteriores contribuyentes se hará por vía telemática (nunca por correo certificado, como hasta ahora), a través de la plataforma habilitada al efecto por la Administración, que hará las funciones de buzón virtual.

¿Cómo acceder a las notificaciones electrónicas?

Para tener acceso a las notificaciones electrónicas, el procedimiento a seguir es el siguiente:

  1. Es necesario informar de un correo electrónico donde se envíen los avisos de nuevas notificaciones. Esta comunicación se realizará a través del siguiente link: http://atc.gencat.cat/ca/gestions/notificacions/
  2. Una vez nos comuniquen, vía correo electrónico, de la existencia de la notificación, se deberá disponer obligatoriamente de un CERTIFICADO ELECTRONICO para poder acceder al buzón de notificaciones.

 

Las notificaciones estarán a disposición de los interesados ​​por un plazo de 10 días naturales, a partir de la fecha de recepción del aviso de la notificación, pasados ​​los cuales, si no se ha accedido al contenido, la notificación se entenderá realizada a todos los efectos, siguiendo el procedimiento su curso, por lo que no se podrán presentar alegaciones ni recursos, con los riesgos de posibles sanciones, recargos y/o apremios.

Por lo tanto, es muy importante llevar a cabo este procedimiento a fin de podernos enterar en el caso de que recibamos una notificación, y evitar sancionespor incumplimiento de nuestras obligaciones con la Agencia Tributaria Catalana.

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