A partir del 11 de julio de 2021, el límite para pagos en efectivo en los que intervenga una empresa es de 1.000 €.

Entre particulares no hay límite y si el pagador es no residente el límit es de 10.000 €.

Se establece una sanción por incumplimiento de este régimen del 25% del importe indebidamente pagado en efectivo.