El domingo día 10 de noviembre de 2019 las empresas concederán a las personas trabajadoras que tengan la condición de electores y que no disfruten en esta fecha del descanso semanal, un permiso, siempre y cuando el horario coincida total o parcialmente con el de los colegios electorales.
También se deberá conceder, a las personas trabajadoras que acrediten la condición de miembros de mesa electoral, de interventores o de apoderados, y a las que realicen funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultades para ejercer el derecho de sufragio.
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