El Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo, introduce nuevas medidas para flexibilizar la anticipación de la jubilación de las personas con discapacidad en grado igual o superior al 45%. Esta nueva normativa entrará en vigor el 1 de junio de 2023.

Entre las principales novedades podemos destacar las siguientes:

  • Se mantiene el requisito de estar 15 años afectado por una de las patologías generadoras de discapacidad enumeradas en el anexo de la norma, pero se reduce a 5 años el período en el que es necesario acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 45% . Hasta ahora, este requisito debía cumplirse durante todo el período de 15 años.
  • Para acreditar que una persona ha estado afectada por una de las patologías discapacitantes enumeradas en el anexo, será necesario un informe médico que indique la fecha de inicio o manifestación de la patología. Para acreditar que esta afectación ha estado en el grado de discapacidad requerido durante al menos 5 años, será necesaria la certificación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o del órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Se permite tener en cuenta la concurrencia de distintas patologías generadoras de discapacidad para acreditar el grado del 45%. La suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados con estas diferentes enfermedades deberá ser igual o superior al 45%, y, al menos una de ellas, será de las relacionadas en el anexo, con un porcentaje de discapacidad mínimo del 33%.

Con estas modificaciones se intenta flexibilizar el acceso a la jubilación anticipada para las personas con discapacidad, facilitando los requisitos y agilizando el proceso de certificación con el fin de mejorar las condiciones y los derechos de este colectivo en el ámbito laboral.

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