El DOGC acaba de publicar una nueva línea de ayudas, esta vez dirigidas al sector de la actividad educativa y de las actividades extraescolares, afectado por la Resolución SLT 2700/2020, de 29 de octubre, que comporta la suspensión de todas las actividades de ocio y extraescolares que se estuvieran realizando en el momento de su entrada en vigor.

Beneficiarios: 

  • Entidades, empresas y autónomos dedicados a actividades de ocio educativo, de lunes a viernes, o agrupamientos con actividad de fin de semana.
  • Entidades, empresas y autónomos que realizan actividades extraescolares, entendiendo como tales las realizadas fuera del horario lectivo, sean o no realizadas en centros educativos, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas con el epígrafe correspondiente, y dirigidas a niños de entre 3 y 18 años.
  • Entidades, empresas y autónomos titulares o gestores de instalaciones juveniles inscritas en el registro administrativo correspondiente.
  • La subvención no es aplicable a clubs deportivos federados.

Importe: ayuda a fondo perdido, en forma de pago único, por importe de:

  • 1.500 euros, para los beneficiarios del primer inciso anterior.
  • 2.500 euros, para los beneficiarios del segundo inciso.
  • 5.000 euros, para los beneficiarios del tercer inciso

Solicitud y concesión:

  • Régimen de concurrencia no competitiva, por orden cronológico de presentación de la solicitud.
  • Se deberá rellenar una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, verificable por la administración a posteriori.
  • La subvención es acumulable a otras ayudas concedidas

Puede consultar más detalles de la mencionada subvención en el siguiente enlace:

https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/8268/1821475.pdf

 

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