La reciente decisión del Departament de Salut de la Generalitat de cerrar temporalmente los establecimientos de ocio nocturno ha provocado que el Govern lance una nueva línea de ayudas para los colectivos afectados por esta medida, cuyas bases se acaban de publicar en DOGC.

Las características principales de estas ayudas son las siguientes:

  • Beneficiarios: Los profesionales autónomos y pymes titulares de un establecimiento de ocio nocturno, obligados a cerrar por la reciente Resolución SLT/2147/2021, de 8 de julio, como bares musicales, discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculos, salas de fiestas con espectáculos y conciertos de infancia y juventud, discotecas de juventud y karaokes.
  • Cuantía: aportación única con una cuantía máxima de:
    • 8.000 euros para establecimientos de menos de 10 trabajadores.
    • 30.000 euros para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo de menos de 1.300 personas.
    • 50.000 euros para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo de 1.300 personas o más.
  • Presentación: telemática, con certificado digital.
  • Plazo: por internet, del 23 de julio a las 9 h y hasta el 30 de julio a las 14 h.

Igualmente, hay que recordar que la suspensión de la actividad de ocio nocturno permite a los titulares de negocios dedicados a este sector acogerse a la prestación extraordinaria prevista en el artículo 6 del Real Decreto 11/2021, por los casos de suspensión de la actividad dictada por la autoridad, y de la cual informamos en este blog (ver enlace aquí)

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