Es obligación de la comunidad de propietarios la de conservar los elementos comunes del edificio para que reúnan las condiciones estructurales, de habitabilidad, accesibilidad, estanqueidad y seguridad necesarias. Asimismo, es competencia de la junta de propietarios aprobar la realización de las reparaciones o actuaciones que el cumplimiento de aquellas condiciones exija.

Por ello, si un propietario sufre daños en su piso o local por la existencia de alguna deficiencia en los elementos comunes del inmueble (por ejemplo, humedades provenientes de un mal aislamiento de las fachadas), debe requerir a la comunidad para que adopte los acuerdos necesarios para repararla, y si la comunidad no lo aprueba, el propietario puede acudir a los tribunales solicitando que se condene a la comunidad a ejecutar las obras que sean necesarias