Como arrendatario, ¿puedo desistir anticipadamente del contrato de alquiler?

|Como arrendatario, ¿puedo desistir anticipadamente del contrato de alquiler?

Como arrendatario, ¿puedo desistir anticipadamente del contrato de alquiler?

El arrendatario de una vivienda puede desistir del contrato siempre que este haya durado, al menos, 6 meses, comunicándolo al propietario con un mínimo de 30 días de antelación.

Si se trata de un arrendamiento de local, la ley no establece un plazo mínimo para poder desistir, pero, en la práctica, es frecuente que las partes pacten un período de obligado cumplimiento que el arrendatario deberá respetar forzosamente.

Tanto en uno como en otro caso, el contrato de arrendamiento puede establecer indemnizaciones a cargo al arrendatario que desista unilateralmente antes del fin del plazo inicialmente pactado.