¿Son deducibles las cuotas de IVA soportadas antes del inicio de la actividad económica?

|¿Son deducibles las cuotas de IVA soportadas antes del inicio de la actividad económica?

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¿Son deducibles las cuotas de IVA soportadas antes del inicio de la actividad económica?

Si. Cualquier empresario o profesional que tiene intención de iniciar una actividad económica y realiza los primeros gastos de inversión o emprendimiento es considerado sujeto pasivo del IVA, y al actuar como tal, tiene derecho a deducir las cuotas soportadas por los gastos efectuados sin esperar al inicio de la actividad. Es muy importante poder acreditar que dichos gastos se han utilizado única y exclusivamente para la actividad empresarial desarrollada inmediatamente después.