Durante el mes de febrero se presenta el modelo 347 Declaración Anual de operaciones con terceras personas. ¿En caso de incumplimiento hay sanciones?

|Durante el mes de febrero se presenta el modelo 347 Declaración Anual de operaciones con terceras personas. ¿En caso de incumplimiento hay sanciones?

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Durante el mes de febrero se presenta el modelo 347 Declaración Anual de operaciones con terceras personas. ¿En caso de incumplimiento hay sanciones?

Si la Administración nos requiere, pasado el periodo de declaración, hay una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona/sociedad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

Si se presenta el modelo fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración los importes serán la mitad de los previstos en el párrafo anterior.