Se puede aplicar el tipo impositivo reducido del 10 por ciento a las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción de piscinas o instalaciones deportivas?

|Se puede aplicar el tipo impositivo reducido del 10 por ciento a las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción de piscinas o instalaciones deportivas?

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Se puede aplicar el tipo impositivo reducido del 10 por ciento a las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción de piscinas o instalaciones deportivas?

No. Las piscinas no se consideran edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, por lo tanto, aunque se contraten directamente con el promotor de una edificación deberán tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento.