¿Tiene alguna ventaja fiscal vender un inmueble muy antiguo?

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¿Tiene alguna ventaja fiscal vender un inmueble muy antiguo?

Para inmuebles con fecha de adquisición anterior a 31 de diciembre de 1996, y siempre y cuando el propietario sea una persona física, podrá disfrutarse de una exención, a razón de un 11,11% anual por cada año de su adquisición que sea anterior al 31 de diciembre de 1996, sobre la parte proporcional de la ganancia patrimonial generada por el inmueble hasta el 20 de enero de 2006.

Por ejemplo, un inmueble adquirido en 1980 y vendido en 2024 (44 años), tendrá exenta la parte de la ganancia patrimonial generada entre 1980 y el 20 de enero de 2006 (aproximadamente 26 años sobre los 44 de tenencia).

El límite cuantitativo de este incentivo es de 400.000 euros, considerando todas las operaciones de este tipo realizadas por un mismo contribuyente.