¿Están obligados los No Residentes a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?

|¿Están obligados los No Residentes a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?

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¿Están obligados los No Residentes a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?

Sí. Las personas físicas no residentes deben tributar en España por el Impuesto sobre el Patrimonio, por los bienes y derechos de que sean titulares, cuando éstos «estuvieran situados, pudieran ejercitarse o tuvieran que cumplirse en territorio español» (artículo 5.1.b) Ley 19/1991 del IP). Lo normal es que tributen únicamente sobre los inmuebles que puedan tener en España (cuando su valor supere el mínimo exento de 700.000€, según la normativa estatal), porque si residen en otro estado que tenga suscrito con España un convenio de doble imposición, en principio (1), no tendrán que tributar aquí por otros bienes que puedan tener (dinero, vehículos, acciones o participaciones de sociedades, obras de arte, etc.).

(1) Determinados convenios de doble imposición, los más recientes, establecen que también tributan en España los no residentes por acciones o participaciones de sociedades que su principal activo sean inmuebles en España.