Debo declarar las operaciones y saldos con criptomonedas ?

|Debo declarar las operaciones y saldos con criptomonedas ?

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Debo declarar las operaciones y saldos con criptomonedas ?

Las operaciones con criptomonedas representan variaciones patrimoniales (ganancias o pérdidas) susceptibles de ser incluidas en la declaración de IRPF, en las casillas específicas que, a partir de la próxima declaración (a presentar entre abril a junio 2022), el Modelo de declaración prevé al respecto. Por la declaración del IRPF de 2022 (a presentar entre abril a junio 2023) se incorpora un nuevo apartado en el modelo 100, las casillas 1800-1814.

En cuanto a los saldos en criptomonedas, y sólo para este año 2021, si tenemos en el extranjero que superen el umbral establecido legalmente, no será necesario incorporarlas a la declaración informativa de bienes en el extranjero (Modelo 720), pero sí en la declaración del impuesto de patrimonio, si el contribuyente tiene obligación de declarar este tributo.

A partir del 1 de enero de 2024 debe presentarse un nuevo modelo informativo específico para declarar sobre monedas virtuales situadas en el extranjero, el modelo 721. El plazo de presentación será del 1 de enero a 31 de marzo, por tanto, la información correspondiente al ejercicio 2023, debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.

También a partir del 1 de enero de 2024 se debe presentar el modelo 172 «Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales» y modelo 173 «Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales», por tanto, la información correspondiente a la ejercicio 2023 deberá presentarse durante el mes de Enero de 2024.