¿Cómo ha quedado el permiso por nacimiento y cuidado del menor tras la modificación del 29 de julio de 2025?

|¿Cómo ha quedado el permiso por nacimiento y cuidado del menor tras la modificación del 29 de julio de 2025?

¿Cómo ha quedado el permiso por nacimiento y cuidado del menor tras la modificación del 29 de julio de 2025?

El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado del menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y del otro progenitor durante 19 semanas, o 32 en el caso de que exista una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente manera:

17 semanas (28 en el caso de las familias monoparentales) hasta que el bebé cumpla un año.

Las 6 primeras semanas se disfrutan de manera obligatoria e ininterrumpida a jornada completa, inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar, a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.

Las 11 semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad) pueden disfrutarse en periodos semanales continuados o interrumpidos, a jornada completa o parcial, previa conformidad entre la empresa y la persona trabajadora, hasta que se cumplan 12 meses desde el nacimiento del bebé.

2 semanas adicionales (4 en el caso de familias monoparentales).

Se distribuyen de manera flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad.

En casos de nacimiento o adopción múltiples o de discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.