¿Se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de pago que empiece a pagarse seis meses después de presentar la solicitud?

|¿Se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de pago que empiece a pagarse seis meses después de presentar la solicitud?

¿Se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de pago que empiece a pagarse seis meses después de presentar la solicitud?

No, el período de carencia de pago máximo que permite la instrucción es de tres meses contados desde la resolución del aplazamiento o fraccionamiento, excepto en situaciones muy excepcionales y debidamente justificadas