Como actuar en caso de traslado del hogar familiar respecto al empleado/a de hogar.

|Como actuar en caso de traslado del hogar familiar respecto al empleado/a de hogar.

Como actuar en caso de traslado del hogar familiar respecto al empleado/a de hogar.

Depende de si se trata de un traslado definitivo o no:

  1. Traslado definitivo del hogar familiar a localidad distinta: Se presume la conservación del contrato de trabajo cuando se continúan prestando servicios durante 7 días en el nuevo domicilio. Si por motivo de este traslado se produce la extinción de la relación laboral:

– por voluntad del empleador/s y no por mutuo acuerdo, este debe preavisar e indemnizar al empleado/a con una indemnización equivalente a 12 días de salario por año de servicio, con el límite de 6 mensualidades.

– por voluntad del trabajador/a, debe comunicarlo al empleador/a, teniendo derecho también a la indemnización equivalente a 12 días de salario por año de servicio, con el límite de 6 mensualidades.

  1. Traslado temporal:  En tal caso, puede acordarse la suspensión del contrato, dejándose provisionalmente sin efecto las obligaciones mutuas de prestación del trabajo y de remuneración, así como las obligaciones de Seguridad Social cuando se comunique la baja.